XXXVIII Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud
RESOLUCIONES
CD38.R1 El Consejo Directivo,
Expresando satisfacción con los servicios prestados por el actual Auditor Externo, quien es el titular del puesto de Contralor e Interventor General del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y tomando nota de que ha expresado su voluntad de continuar prestando sus servicios como Auditor Externo de la Organización Panamericana de la Salud,
Resuelve:
1. Nombrar al titular del puesto de Contralor e Interventor General del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte como Auditor Externo de las cuentas de la Organización Panamericana de la Salud durante los ejercicios financieros de 1996–1997 y 1998–1999, y solicitarle que realice sus auditorías de acuerdo con los principios estipulados en el Artículo XII del Reglamento Financiero de la OPS, con la disposición de que, de ser necesario, podrá designar un representante para que actúe en su ausencia.
2. Expresar sus agradecimientos a Sir John Bourn por el trabajo que ha desempeñado para la Organización en su auditoría de las cuentas para los ejercicios financieros de 1992–1993 y 1994–1995.
Septiembre 1995 DO 276, 38
CD38.R2 El
Consejo Directivo,
Habiendo considerado el informe del Director sobre la recaudación de las cuotas (Documento CD38/19 y Add. I) y la preocupación expresada durante la 116a Reunión del Comité Ejecutivo1 con respecto a la situación de la recaudación de las cuotas;
Observando que, según el informe presentado por el Grupo de Trabajo sobre la Aplicación del Artículo 6.B de la Constitución de la OPS (Documento CD38/19, Add. II, Rev. 1), Bolivia ha efectuado pagos de conformidad con el plan de pago diferido que fue aceptado por la XXIV Conferencia Sanitaria Panamericana,2 y
Tomando nota además de que Cuba, Haití, Perú, Suriname y Venezuela tienen atrasos de más de dos años completos en el pago de sus cuotas y están sujetos a la aplicación del Artículo 6.B de la Constitución,
Resuelve:
1. Tomar nota del informe del Director relativo a la recaudación de las cuotas (Documento CD38/19 y Add. I).
2. Agradecer a los Gobiernos Miembros que ya han efectuado pagos en 1995, e instar a todos los demás Gobiernos Miembros con atrasos en sus cuotas a que cumplan sus compromisos financieros con la Organización lo más pronto posible.
3. Felicitar a Bolivia y a Haití por sus esfuerzos de pago para reducir el atraso en sus cuotas de años anteriores.
4. Reconocer la preocupación expresada en la reunión del Grupo de Trabajo con respecto a los futuros privilegios de voto de Cuba, Perú y Suriname y solicitar al Director que transmita a los Gobiernos la opinión del Consejo Directivo.
5. Solicitar al Director que notifique a Venezuela que sus privilegios de voto quedan suspendidos condicionalmente en esta XXXVIII Reunión del Consejo Directivo hasta que reciba el pago de las cuotas atrasadas o se presente y apruebe un plan de pago concreto, y que sus privilegios de voto serán restituidos cuando se haya satisfecho una u otra de estas condiciones.
6. Solicitar al Director:
a) Que continúe vigilando la puesta en práctica de los convenios especiales hechos por los Gobiernos Miembros con relación al pago de sus cuotas atrasadas de años anteriores;
b) Que informe al Comité Ejecutivo sobre el cumplimiento por los Gobiernos Miembros de sus compromisos de pago de las cuotas;
c) Que informe a la XXXIX Reunión del Consejo Directivo acerca del estado de la recaudación de las cuotas correspondientes a 1996 y años anteriores.
Septiembre 1995 DO 276, 39
CD38.R3 El Consejo Directivo,
Resuelve:
1. Asignar para el ejercicio financiero 1996–1997 la cantidad de US $187.351.438 distribuida de la siguiente manera:
2. Que las asignaciones se financien mediante:

Al establecer las contribuciones de los Gobiernos Miembros, Gobiernos Participantes y Miembros Asociados, sus cuotas se reducirán además por la cantidad que quede a su crédito en el Fondo de Igualación de Impuestos, con la excepción de los créditos de aquellos que gravan con impuestos la remuneración que perciben de la Oficina Sanitaria Panamericana (OSP) sus nacionales y residentes se reducirán en un importe respectivo igual a los reembolsos de dichos impuestos por la OSP.
3. Que, de conformidad con el Reglamento Financiero de la OPS, las cantidades que no excedan de las asignaciones incluidas en el párrafo 1 se apliquen al pago de las obligaciones contraídas durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 1997, inclusive. No obstante lo dispuesto en este párrafo, las obligaciones contraídas durante el ejercicio financiero 1996–1997 se limitarán al total del presupuesto por programa, es decir, a las Partes I–VII.
4. Que el Director estará autorizado para transferir fondos entre las partes del presupuesto vigente, siempre que las transferencias que se efectúen entre dichas partes no excedan del 10% de la parte del cual los fondos son transferidos, excluyendo la provisión hecha por transferencias del Programa de Desarrollo del Director en la Parte II. Con excepción de la provisión hecha por el Programa de Desarrollo del Director en la Parte II, las transferencias de fondos entre partes del presupuesto que excedan el 10% de la parte de la cual se transfieren los fondos podrán efectuarse con la aprobación del Comité Ejecutivo. El Director está autorizado a asignar montos, no excediendo la provisión del Programa de Desarrollo del Director, a aquellas partes del presupuesto vigente bajo las cuales las obligaciones serán incurridas. Todas las transferencias de fondos del presupuesto serán comunicadas al Consejo Directivo o a la Conferencia Sanitaria Panamericana.
Septiembre 1995 DO 276, 39
CD38.R4 El Consejo Directivo,
Considerando que las cuotas de los Gobiernos Miembros que figuran en la escala adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) se asignan según los porcentajes que figuran en dicha escala, ajustada a los Miembros de la OPS, de conformidad con el Artículo 60 del Código Sanitario Panamericano, y
Considerando que este reajuste fue hecho tomando en cuenta las cuotas de Cuba, los Gobiernos Participantes y Miembros Asociados,
Resuelve:
Establecer las cuotas de los Gobiernos Miembros, Gobiernos Participantes y Miembros Asociados de la Organización Panamericana de la Salud para el ejercicio financiero 1996–1997 de conformidad con la escala de cuotas indicada a continuación y en las cantidades correspondientes.


Septiembre 1995 DO 276, 41
CD38.R5 El
Consejo Directivo,
Recordando que la XIV Conferencia Sanitaria Panamericana, en la Resolución CSP14.R28 (1954), dictó las normas generales para el establecimiento de relaciones oficiales entre la OPS y organizaciones interamericanas no gubernamentales;
Consciente de las disposiciones de la Resolución CSP20.R20 (1978) de la XX Conferencia Sanitaria Panamericana, en la que se definen los procedimientos para el establecimiento de relaciones oficiales de la Organización Panamericana de la Salud con organizaciones interamericanas no gubernamentales;
Recordando que la 113a Reunión del Comité Ejecutivo aprobó la Resolución CE113.R18, por la cual recomendaba la actualización de las normas para el establecimiento y mantenimiento de relaciones oficiales entre la OPS y las organizaciones interamericanas no gubernamentales;
Reconociendo la importante función de las organizaciones no gubernamentales y de los recursos complementarios que ellas aportan a la red integrada por gobiernos, pueblos y la OPS/OMS que se esfuerza por obtener el mejoramiento de la salud;
Haciendo hincapié en la necesidad de movilizar a organizaciones no gubernamentales nacionales, internacionales e interamericanas para la ejecución acelerada de las estrategias de salud para todos;
Teniendo en cuenta que sería beneficioso para la OPS contar con un documento escrito, similar al de la Organización Mundial de la Salud (1987),1 que incluyera un marco conceptual que abarque tanto el desarrollo de relaciones de trabajo oficiosas con organizaciones no gubernamentales, así como su entrada en relaciones oficiales, y
Habiendo tomado nota de las recomendaciones del Comité Ejecutivo (Resolución CE116.R6),
Resuelve:
Adoptar los principios que rigen las relaciones entre la Organización Panamericana de la Salud y las organizaciones no gubernamentales expuestos en el Documento CD38/10.
Septiembre 1995 DO 276, 44
CD38.R6 El Consejo Directivo,
Habiendo examinado y debatido el Documento CD38/15, que contiene el plan de acción y un informe sobre el progreso alcanzado por los esfuerzos llevados a cabo en los países y en la Región con miras a eliminar el sarampión de las Américas para el año 2000;
Observando con satisfacción que casi todos los países han adoptado las estrategias esbozadas en el plan de acción y han logrado avances considerables hacia la eliminación del sarampión;
Observando que, a pesar de los considerables esfuerzos que representan las campañas nacionales y el mejoramiento de los programas corrientes de vacunación, el número de niños susceptibles se acumula año tras año en todos los países;
Reconociendo que la vigilancia del sarampión exige cuantiosos recursos, tanto financieros como humanos, pero conscientes de que un sistema de vigilancia es esencial para el avance de la vigilancia de las enfermedades transmisibles, incluidas las infecciones emergentes y reemergentes, y
Recordando el nivel de financiamiento necesario para llevar a cabo las actividades previstas desde ahora hasta el año 2000,
Resuelve:
1. Aprobar el Plan de Acción para la Eliminación del Sarampión en las Américas para el año 2000 presentado por el Director (Documento CD38/15) en el informe sobre el progreso alcanzado.
2. Instar a todos los Estados Miembros a que adopten las estrategias descritas en el Plan de Acción y asignen los recursos necesarios para su adecuada ejecución.
3. Felicitar a los Gobiernos por los esfuerzos realizados hasta ahora y por los avances que se han hecho hacia la eliminación del sarampión de las Américas para el año 2000.
4. Solicitar al Director que realice todos los esfuerzos posibles por obtener los recursos internacionales necesarios para apoyar los esfuerzos nacionales.
Septiembre 1995 DO 276, 45
CD38.R7 El
Consejo Directivo
Eligió a Bahamas, Chile y Costa Rica para formar parte del Comité Ejecutivo por haber llegado a su término los mandatos de Argentina, Belice y México, y expresó su agradecimiento a los Gobiernos de dichos países por los servicios prestados a la Organización por sus Representantes en el seno del Comité.
Septiembre 1995 DO 276, 45
CD38.R8 El Consejo
Directivo,
Habiendo examinado y debatido el Documento CD38/14, que contiene el plan de acción para la eliminación de la sífilis congénita como problema de salud pública en las Américas;
Notando con satisfacción que la mayoría de los países cuentan con métodos establecidos para efectuar pruebas para la detección de la sífilis durante el embarazo y que es posible tener acceso a tratamientos poco costosos y eficaces;
Tomando nota de que, a pesar de los esfuerzos que se llevan a cabo en los niveles nacional y local, en todos los países siguen ocurriendo casos de sífilis congénita que podrían haberse evitado;
Consciente de que la vigilancia de la sífilis congénita servirá para evaluar tanto la calidad de los servicios de atención prenatal como el control de la sífilis en la comunidad, y comprendiendo que un sistema de vigilancia de este tipo está vinculado al avance de la vigilancia de las enfermedades transmisibles;
Reconociendo que las actividades de eliminación de la sífilis congénita deben ejecutarse como un componente integrado de los programas de salud reproductiva y de control de otras enfermedades de transmisión sexual, y
Teniendo presente el nivel de financiamiento necesario para ejecutar el plan desde ahora hasta el año 2000,
Resuelve:
1. Tomar nota del plan de acción para la eliminación de la sífilis congénita de las Américas (Documento CD38/14).
2. Instar a los Estados Miembros a que aprueben las estrategias presentadas en el plan de acción y asignen los recursos necesarios para su ejecución.
3. Felicitar a los gobiernos por los esfuerzos desplegados hasta el momento y por los avances ya alcanzados con miras al control y la eliminación de la sífilis congénita.
Septiembre 1995 DO 276, 46
CD38.R9 El Consejo Directivo,
Tomando en consideración que el documento Las condiciones de salud en las Américas reúne la información más reciente y confiable sobre los adelantos en salud alcanzados por los Estados Miembros de la Organización Panamericana de la Salud, y
Habiendo revisado el Documento CD38/12, que contiene la propuesta de modificación del mandato consistente en que cada dos años se presente un informe de avance sobre la salud de los trabajadores,
Resuelve:
Reiterar la Resolución CD36.R22 de la XXXVI Reunión del Consejo Directivo (1992), modificando el párrafo resolutivo 6.d) de tal manera que el documento Las condiciones de salud en las Américas reemplace el informe de avance que se solicita en dicho inciso.
Septiembre 1995 DO 276, 47
CD38.R10 El
Consejo Directivo,
Habiendo revisado el informe sobre el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) en las Américas (Documento CD38/16);
Teniendo en cuenta que cada año continúan ocurriendo en América Latina y el Caribe más de 1.000 nuevas infecciones por día, muchas de las cuales podrían ser prevenidas con intervenciones adecuadas y oportunas;
Teniendo presente que en enero de 1996 el nuevo Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el SIDA comenzará a realizar actividades de prevención del SIDA a nivel mundial y de los países, y
Tomando nota de que la OPS posee una estructura funcional y la capacidad para prestar cooperación técnica en materia de prevención de la infección por el VIH y otros agentes patógenos transmitidos sexualmente, así como de manejo clínico y atención integral de las enfermedades asociadas a dichas infecciones, y tiene la responsabilidad de hacerlo,
Resuelve:
1. Solicitar al Director:
a) Que reitere a los directores regionales de organismos del sistema de las Naciones Unidas y del sistema interamericano, así como a otros organismos bilaterales interesados, el compromiso de la OPS de colaborar plenamente con el nuevo Programa Conjunto;
b) Que continúe proporcionando cooperación técnica en las áreas de excelencia técnica de la Organización para la prevención y atención integral de la infección por el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual en las Américas, dentro del marco de su mandato constitucional y de las orientaciones estratégicas y programáticas, y en el contexto del nuevo Programa Conjunto;
c) Que continúe intercediendo ante los Gobiernos Miembros de la OPS para que el SIDA, entendido básicamente como problema de salud pero con consecuencias para otros sectores de la sociedad, sea enfrentado con participación multisectorial, inversión eficiente de recursos nacionales, liderazgo gubernamental decidido y orientación técnica del sector salud;
d) Que continúe realizando las consultas necesarias con los otros organismos que forman parte del Programa Conjunto, las organizaciones del sistema interamericano y otras entidades interesadas, a fin de establecer mecanismos de coordinación que garanticen amplia participación e impacto demostrable en la reducción de la infección por el VIH y de las consecuencias sociales del SIDA en la Región.
2. Mantener y fortalecer la capacidad de la OPS para seguir proporcionando cooperación técnica en materia de infección por el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual en las áreas de competencia de la Organización, en estrecha colaboración con el Programa Conjunto.
Septiembre 1995 DO 276, 47
CD38.R11 El Consejo Directivo,
Lamentando los perjuicios ocasionados por huracanes recientes, en particular los huracanes Luis y Marilyn en las islas del Caribe –especialmente en Anguila, Antigua y Barbuda, las Antillas Francesas y Neerlandesas, Dominica, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Británicas, Montserrat, Puerto Rico y Saint Kitts y Nevis– y el huracán Ismael en México;
Tomando nota de los daños sufridos por la infraestructura social, económica y material, en particular las instalaciones de salud y los sistemas de agua de dichos países y territorios, así como de la asistencia proporcionada por la OPS;
Teniendo en cuenta que una de las funciones de la OPS es proporcionar socorro y asistencia técnica a los Estados Miembros en situaciones de emergencia, y
Considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha designado el período 1990–1999 como el Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales,
Resuelve:
1. Solicitar al Director que presente las condolencias de los Estados Miembros de la OPS a los gobiernos y los pueblos de los países y territorios afectados.
2. Felicitar al Director por haber proporcionado la asistencia de la Organización.
3. Instar a los Estados Miembros:
a) A que proporcionen asistencia a los países afectados por los huracanes Ismael, Luis y Marilyn;
b) A que consideren la adopción de medidas para mitigar los daños físicos a las instalaciones de salud y a los sistemas de agua como una prioridad del desarrollo asignando recursos nacionales e internacionales en el marco del Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales;
c) A que participen activamente en la Conferencia Internacional sobre Mitigación de los Daños en Instalaciones de Salud que se llevará a cabo en México en febrero de 1996.
4. Solicitar al Director que continúe proporcionando asistencia a los países y territorios afectados por los mencionados huracanes en la evaluación de los perjuicios sufridos por el sector salud y en la formulación y el apoyo de planes para la reconstrucción y rehabilitación de los sistemas de salud, así como en la obtención de fuentes de asistencia para llevar a cabo dichos planes.
Septiembre 1995 DO 276, 48
CD38.R12 El
Consejo Directivo,
Considerando la situación de la Región de las Américas con respecto a las denominadas enfermedades infecciosas emergentes y la reemergencia de enfermedades transmisibles que ya se consideraban controladas o en desaparición;
Reconociendo la magnitud y gravedad de la amenaza que el riesgo de propagación de estas enfermedades significa para la salud pública y el desarrollo económico en los países de la Región;
Tomando en consideración la situación de emergencia planteada por el dengue hemorrágico a nivel del continente, y
Visto el informe del Director sobre estas enfermedades,
Resuelve:
1. Solicitar a los Gobiernos Miembros:
a) Que fortalezcan la infraestructura a fin de permitir un mejor funcionamiento de las redes de vigilancia de enfermedades transmisibles, reforzando los sistemas de alerta temprana y ejecución rápida de medidas de prevención y control;
b) Que promuevan la diseminación de información sobre el tema al personal de salud y al público en general como parte de un mayor impulso a la comunicación social;
c) Que fomenten la investigación aplicada sobre métodos de diagnóstico rápido, epidemiología y prevención.
2. Solicitar al Director:
a) Que fomente y apoye la movilización de recursos nacionales, subregionales, regionales, bilaterales y multilaterales para abordar el tema;
b) Que promueva el establecimiento de mecanismos intergubernamentales para facilitar una acción coordinada de los países de la Región;
c) Que favorezca la implementación del Plan Regional de Acción apoyando, dentro de los recursos disponibles, las actividades de los Gobiernos Miembros en términos de detección precoz, vigilancia, control e intercambio de información.
d) Que establezca de inmediato un grupo técnico para estudiar la factibilidad, oportunidad y conveniencia de elaborar un plan continental para la erradicación de Aedes aegypti como medio eficaz para controlar el dengue y la fiebre amarilla urbana en las Américas.
3. Agradecer al Director por haber tomado la iniciativa de presentar el tema de las enfermedades infecciosas nuevas, emergentes y reemergentes al Consejo Directivo.
Septiembre 1995 DO 276, 49
CD38.R13 El
Consejo Directivo,
Considerando la revisión efectuada en la escala de sueldos básicos/mínimos para los titulares de puestos de las categorías profesional y superior, con efecto desde el 1 de marzo de 1995;
Teniendo en cuenta la decisión del Comité Ejecutivo, en su 116a Reunión, de reajustar los sueldos del Director Adjunto y del Subdirector (Resolución CE116.R11);
Tomando nota de la recomendación del Comité Ejecutivo acerca del sueldo del Director de la Oficina Sanitaria Panamericana (Resolución CE116.R11), y
Consciente de las disposiciones del Artículo 330.3 del Reglamento del Personal,
Resuelve:
Fijar el sueldo neto anual del Director de la Oficina Sanitaria Panamericana en US$ 93.735 (con familiares a cargo) y en US$ 84.232 (sin familiares a cargo), con efecto a partir del 1 de marzo de 1995.
Septiembre 1995 DO 276, 50
CD38.R14 El Consejo Directivo,
Teniendo presentes las disposiciones del Plan de Acción decidido por los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en la Cumbre de las Américas, celebrada en Miami del 9 al 11 de diciembre de 1994, el cual incluye una resolución sobre acceso equitativo a los servicios básicos de salud, y
Tomando en cuenta los informes presentados por los Gobiernos Miembros sobre las condiciones de salud y el estado de desarrollo de los procesos nacionales de reforma del sector salud, así como el documento de trabajo preparado por la OPS en consulta con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, y también con el Gobierno del Canadá, que coordinaron la organización de la Reunión Especial sobre Reforma del Sector Salud y las deliberaciones llevadas a cabo en esta última,
Resuelve:
1. Agradecer a los gobiernos y organismos las actividades que realizaron para preparar la Reunión Especial sobre Reforma del Sector Salud.
2. Tomar nota de las deliberaciones llevadas a cabo en la Reunión Especial sobre Reforma del Sector Salud.
3. Solicitar a los Gobiernos Miembros:
a) Que otorguen atención prioritaria a los procesos de reforma del sector salud con miras a alcanzar mayor equidad, eficiencia y efectividad en las acciones del sector;
b) Que faciliten el intercambio de las experiencias nacionales e informen periódicamente sobre los resultados de sus proyectos y procesos nacionales de reforma del sector salud.
4. Instar a los organismos de cooperación a que intensifiquen la coordinación de sus actividades y de sus programas de trabajo y amplíen el apoyo a los procesos de reforma del sector salud, tomando en cuenta las particularidades de cada país.
5. Solicitar al Director:
a) Que, según las indicaciones de la Cumbre de las Américas y tomando en consideración las discusiones de la Reunión Especial sobre Reforma del Sector Salud, continúe trabajando con los Estados Miembros y otros organismos en el diseño y desarrollo de un proceso para el monitoreo de la reforma del sector salud en las Américas;
b) Que coordine la implementación de la red interamericana con el concurso de gobiernos y organismos, como mecanismo para facilitar el intercambio de información sobre reforma del sector salud;
c) Que transmita un informe de esta Reunión a la próxima Cumbre Hemisférica, que se celebrará en Bolivia en 1996.
Septiembre 1995 DO 276, 51
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