Visto el Documento CD35/16 sobre el estado de la erradicación o eliminación de ciertas enfermedades de la Región;
Teniendo en cuenta la Resolución XVI de la XXIII Conferencia Sanitaria Panamericana, y
Reconociendo que algunos países han erradicado o eliminado la poliomielitis, el tétanos neonatal, la rabia urbana y la fiebre aftosa, que se ha tomado la decisión de eliminar el sarampión (en el Caribe), y que resulta factible el intento de erradicar o eliminar de la Región de las Américas otras enfermedades transmisibles como la tripanosomiasis americana inducida por transfusión de sangre, la lepra, las treponematosis no venéreas, la oncocercosis y otras enfermedades producidas por carencia de micronutrientes,
Resuelve:
1. Adoptar las recomendaciones contenidas en el Documento CD35/16 para la eliminación, erradicación o control de ciertas enfermedades.
2. Instar a los Gobiernos Miembros a que:
a) Continúen confiriendo prioridad a la prevención, control y vigilancia efectivos de las enfermedades prevenibles por inmunización hasta su eliminación;
b) Fomenten la colaboración y coordinación necesaria entre los diversos niveles del sector público y entre éste y el sector privado para completar y ejecutar los planes de acción actualizados que permitan prevenir, controlar y vigilar:
i) las enfermedades infecciosas siguientes: tripanosomiasis americana inducida por transfusión de sangre, la lepra, las treponematosis no venéreas (pian y pinta) y la oncocercosis, y
ii) las enfermedades por carencia de micronutrientes: yodo y vitamina A;
c) Incorporen las actividades de prevención y control de las enfermedades mencionadas a los sistemas locales de salud y estimulen la participación social y la programación local para que las intervenciones se realicen de forma integrada utilizando todos los recursos disponibles.
3. Solicitar al Director que:
a) Promueva la movilización de recursos institucionales, humanos y financieros en los países, la Región y el resto del mundo, a fin de desarrollar o utilizar la infraestructura de los sistemas de salud, en especial de los sistemas locales de salud (SILOS) en los programas de control efectivos y consistentes;
b) Fomente la creación, fortalecimiento y funcionamiento adecuado de servicios de epidemiología capaces de analizar las situaciones de salud, los factores de riesgo, las características de los ecosistemas y de evaluar los servicios sociales y de salud;
c) Promueva la cooperación técnica para el desarrollo de programas y vigilancia epidemiológica por medio de esfuerzos conjuntos para el mantenimiento de las áreas libres de transmisión;
d) Apoye el desarrollo de la capacidad gerencial y administrativa de los niveles más periféricos de decisión para el fomento de la programación local y de la evaluación de los métodos de prevención, control y vigilancia en situaciones locales.
Septiembre 1991 DO 247, 56