Normas y Estándares en Epidemiología:
Definiciones de Casos: Sarampión y Rubéola
Justificación de la
vigilancia
Definiciones de caso recomendadas
Medidas recomendadas de vigilancia
Datos mínimos recomendados
Principal uso de los datos para la toma de decisiones
Principales indicadores de vigilancia
JUSTIFICACIÓN DE LA VIGILANCIA
Sarampión
Introducción:
En 1994, la Conferencia Sanitaria Panamericana estableció la meta de la
erradicación del sarampión del continente americano en el año 2000. Grandes
avances se han logrado hacia la interrupción de la transmisión de sarampión
en la mayoría de los países de las Américas. Sin embargo, hasta septiembre
de 1999, cuando faltan apenas 15 meses para llegar a la fecha proyectada
para alcanzar la meta de la erradicación del sarampión de todo el continente,
el virus de sarampión sigue circulando en algunas zonas de la Región. Con
miras a obtener información que pueda usarse para prevenir y controlar los
futuros brotes, deben llevarse a cabo las investigaciones y los análisis
apropiados de todos los brotes de sarampión. Es necesario realizar actividades
destinadas a determinar las fuentes de introducción del virus del sarampión,
los modelos de transmisión y los factores de riesgo específicos para contraer
el sarampión.
Vigilancia:
La vigilancia del sarampión es crítica para medir el progreso hacia
la meta de la erradicación del sarampión en las Américas y para detectar
problemas. Dentro de las actividades necesarias a desarrollar prioritariamente,
para mejorar la calidad de la vigilancia del sarampión en toda la Región
se incluyen las siguientes:
- Todos los casos sospechosos de sarampión deberán investigarse dentro
de las 48 horas posteriores al inicio de la enfermedad, y deberá colectarse
una muestra de suero del paciente al primer contacto con el servicio de
salud. Esta muestra deberá recolectarse dentro de los 30 días que siguen
a la aparición de la erupción cutánea para que pueda considerarse adecuada;
- Para vigilar el progreso hacia el logro de la erradicación del sarampión,
todos los países deberán suministrar datos semanalmente al sistema de
vigilancia de erradicación del sarampión a nivel regional (MESS);
- Cada país deberá someter su sistema de vigilancia a evaluaciones objetivas
y periódicas usando el protocolo estandarizado de evaluación elaborado
por la OPS. Los países deberán trabajar constantemente para mejorar la
calidad del sistema de notificación;
- La vigilancia virológica y la epidemiología molecular pueden aportar
información importante a un programa de erradicación. Deberán obtenerse
los especímenes clínicos apropiados para el aislamiento de virus a partir
de cada cadena de transmisión del sarampión, en especial todos los casos
esporádicos y aproximadamente 5 a 10 casos de cada brote. La orina, que
es el espécimen más práctico de recolectar para el aislamiento del virus
del sarampión, deberá obtenerse dentro de los 7 días que siguen a la aparición
de la erupción cutánea y enviarse a un laboratorio de referencia capaz
de realizar el aislamiento del virus del sarampión;
- En todos los países, deberá integrarse la vigilancia del sarampión
y de la rubéola.
Rubéola
Introducción:
El virus de la rubéola sigue circulando libremente en la mayoría de los
países de la Región. Después de una investigación completa de los casos
sospechosos de sarampión, resulta que muchos de ellos son clasificados finalmente
como rubéola. Más aún, se han encontrado casos del síndrome de rubéola congénita,
en todos los países de la Región que han establecido sistemas de vigilancia
del síndrome de rubéola congénita. Esto sugiere que el síndrome de rubéola
congénita es un problema importante de salud pública en todos los países
de las Américas.
Vigilancia:
La vigilancia de la rubéola debe integrarse con la vigilancia del sarampión.
La finalidad de la vigilancia de la rubéola es detectar la circulación del
virus de la rubéola, no detectar cada caso de rubéola. No se necesita otro
sistema de vigilancia de la rubéola. Todos los sueros de los casos sospechosos
de rubéola, que resultan negativos a la presencia de anticuerpos IgM específica
contra la rubéola, deben someterse a pruebas para detectar la presencia
de anticuerpos IgM específica contra el sarampión y viceversa.
DEFINICIONES DE CASO RECOMENDADAS
Los programas de erradicación del sarampión y los programas de control/eliminación
de la rubéola deben usar las siguientes definiciones estandarizadas de caso,
obtenidas de la Guía Práctica de Erradicación del Sarampión, publicada por
la OPS, 1999 y de la publicación de la OMS, WHO Recommended Surveillance
Standards, 2a. edición, junio de 1999, revisada por el Programa de Enfermedades
Transmisibles de la OPS.
- Caso sospechoso de sarampión: cualquier paciente de quien un
trabajador de salud sospecha que tiene sarampión.
- Caso sospechoso de rubéola: cualquier paciente de quien un trabajador
de salud sospecha que tiene rubéola.
En casos sospechosos de sarampión o de rubéola, deberá recolectarse
una muestra de suero del paciente cuando este entre en contacto con
el trabajador de salud. Esta muestra deberá recolectarse dentro de los
30 días que siguen a la aparición de la erupción cutánea para que pueda
considerarse adecuada.
- Caso confirmado por laboratorio: es un caso sospechoso de sarampión
o de rubéola que, después de una investigación completa resulta como:
- Confirmado como sarampión o rubéola por prueba inmunoenzimática
disponible en el comercio (EIA) para detectar la presencia de anticuerpos
IgM específicos contra sarampión o rubéola, y/o
- Confirmado mediante el aislamiento del virus del sarampión o de
la rubéola y/o
- Vinculado epidemiológicamente a otro caso confirmado por laboratorio
(se establecerá el vínculo epidemiológico sí ocurrió cualquier contacto
entre el caso sospechoso y el caso confirmado por laboratorio en cualquier
momento durante el mes anterior a la aparición de la erupción cutánea).
- Caso confirmado clínicamente: es un caso sospechoso de sarampión
o de rubéola, que por cualquier motivo, no se investiga completamente.
Esto podría incluir: los pacientes que fallecieron antes de que la investigación
estuviese terminada, los pacientes a quienes no se pudo hacer el seguimiento,
o los pacientes sin especímenes adecuados presentados para el análisis
de laboratorio.
- Descartado: un caso sospechoso de sarampión o de rubéola que
se haya investigado exhaustivamente, incluida la obtención de una muestra
sanguínea adecuada, donde no se observaron pruebas serológicas de infección,
no se aisló el virus y no tiene ninguna vinculación epidemiológica con
un caso confirmado por laboratorio. Si los resultados de laboratorio indican
otra infección vírica compatible con los síntomas clínicos, como el dengue,
el caso también deberá descartarse.
- Caso importado de sarampión: un caso confirmado de sarampión
de una persona que viajó a otro país donde circulaba el virus del sarampión
durante el período de posible exposición (7-18 días antes de la aparición
de la erupción cutánea). La posibilidad de exposición local se debe descartar
mediante una detallada investigación.
MEDIDAS RECOMENDADAS DE VIGILANCIA
Pruebas del sarampión para casos sospechosos de rubéola y dengue:
- Las muestras de sangre de todos los casos sospechosos de rubéola y
dengue que resulten negativas a la presencia de IgM específica contra
la rubéola o dengue, deberán someterse a prueba para el sarampión en un
plazo de 24 horas.
- Las muestras de sangre de al menos 10% de los casos sospechosos del
dengue con erupción cutánea que resulten negativas a la presencia de IgM
contra el dengue deben someterse regularmente a pruebas para el sarampión.
- En el caso de brotes de dengue o de rubéola confirmados en el laboratorio,
el número total de muestras que resulten negativas para la rubéola o el
dengue quizá sea abrumador. En tal caso, el equipo de vigilancia, conjuntamente
con el laboratorio, deberá decidir qué muestras deberán examinarse para
detectar sarampión.
Investigación y notificación:
- El sistema de notificación deberá abarcar los establecimientos de salud,
los médicos privados, los hospitales y los laboratorios y tener al menos
una fuente de información por cada unidad geopolítica (Municipio).
- Deberá suministrarse material escrito a todo el personal de salud,
donde se describan sus responsabilidades y cómo notificar los casos, cómo
recoger las muestras y enviarlas al laboratorio para confirmación.
- La investigación de todos los casos sospechosos debe llevarse a cabo
en las 48 horas que siguen a la aparición de la erupción cutánea. Esta
deberá incluir:
- Llenado del formulario del informe de casos;
- Investigación de los contactos del caso sospechoso para determinar
si han ocurrido otros casos;
- Recolección de las muestras de sangre y de las muestras para el
aislamiento del virus (generalmente orina) de todos los casos esporádicos
y de 5-10 casos de cada brote;
- La notificación semanal de los datos, aunque no haya ningún caso, es
crítica;
- Es esencial la retroalimentación oportuna a todos los participantes
en el sistema de vigilancia, manteniéndolos informados de dónde y cuándo
están ocurriendo los casos;
- El sistema de notificación deberá vigilarse mensualmente usando los
indicadores de vigilancia;
- La cooperación de la comunidad médica privada para que se notifiquen
al sistema los casos sospechosos es esencial para todos los esfuerzos
de vigilancia.
DATOS MÍNIMOS RECOMENDADOS
Datos sobre casos (se vincularán usando el identificador único para
los datos sobre espécimen para análisis): I) identificador único; II) zona
geográfica (distrito y provincia); III) nombre; IV) fecha de nacimiento;
V) fecha del inicio de la erupción cutánea; VI) fecha de la notificación;
VII) fecha de la investigación de caso; VIII) fecha de recolección de especímenes;
IX) fecha de envío de los especímenes al laboratorio; X) número de dosis
de la vacuna contra el sarampión que ha recibido; XI) fecha de última dosis
de la vacuna contra el sarampión; XII) si se identificó la fuente de infección;
XIII) resultados de la serología; XIV) resultados del aislamiento del virus;
(XV) clasificación definitiva y XVI) nombre del investigador.
Datos sobre espécimen (para ser vinculados con los datos de casos
para análisis): I) identificador único (número del MESS, cuando sea posible);
II) número del espécimen; III) fecha del inicio de la erupción cutánea;
IV) fecha de recolección de espécimen de sangre (de orina o de secreción
nasofaríngea); V) fecha de envío de espécimen al laboratorio; VI) fecha
de recepción de espécimen en el laboratorio; VII) resultados de la serología;
(VIII) resultados del aislamiento del virus.
PRINCIPAL USO DE LOS DATOS PARA LA TOMA DE DECISIONES
-
Hacer el seguimiento de la circulación del virus de sarampión/rubéola (en
un proceso de erradicación, un caso debe considerarse un brote);
- Detectar e investigar los brotes para velar por que el tratamiento de
casos sea adecuado y determinar las razones de su aparición. Deben tomarse
las medidas necesarias para determinar las fuentes de introducción del virus
del sarampión, los modelos de transmisión y los factores de riesgo específicos
para contraer el sarampión;
- Vigilar la cobertura de rutina de las inmunizaciones en todos los municipios
y concentrar esfuerzos en los municipios de alto riesgo (aquellos donde
la cobertura de vacunación es inferior a 95%) para planificar las operaciones
de barrido y otras actividades de inmunización;
- Identificar cuándo debe hacerse la próxima campaña de seguimiento;
- Vigilar el desempeño de la vigilancia que se hace utilizando indicadores
estándar y fortalecer la vigilancia en las zonas cuyo desempeño es deficiente;
- Aportar pruebas para que pueda emitirse la certificación de que un lugar
está libre del sarampión.
PRINCIPALES INDICADORES DE VIGILANCIA
% de sitios de notificación que reportan oportunamente cada semana;
% de casos sospechosos notificados investigados dentro de las 48 horas
que siguen a la aparición de la erupción cutánea;
% de casos sospechosos con formulario de investigación completo;
% de casos sospechosos con muestra de sangre obtenida dentro de los
30 días siguientes al inicio de la erupción cutánea (no obstante, cuando
ocurren brotes, los casos vinculados epidemiológicamente al caso confirmado
por laboratorio se confirman sin necesidad de muestra de sangre);
% de muestras de sangre cuyos resultados se recibieron dentro de los
7 días siguientes a la recepción de la muestra por el laboratorio.
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Boletín Epidemiológico,
Vol. 20 No. 3, septiembre 1999
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