Foro Iberoamericano de discusiones sobre la Familia de Clasificaciones Internacionales de la OMS (FCI-OMS)  “Dr. Roberto A. Becker”

RESPUESTAS GRUPO COLEGIADO | FORMULAR CONSULTA | METODOLOGÍA | OBJETIVOS Y ANTECEDENTES

CONSULTA

8 Jun 2016

Autor: MARIA CRISTINA RETAMOZO SUBELDIA

Institución: Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social

Cargo / Puesto: Técnico

País: Paraguay

Buenos dias!!! saludos desde Paraguay..

"Mi consulta es la siguiente:

1) El acretismo placentario es una causa de muerte materna directa?

2) La embolia de liquido amniótico es una causa de muerte directa?

En espera a una respuesta en la brevedad posible me despido de Ustedes..

Maria Cristina"

RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO

27 Jun 2016

Según la edición de 2013 de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud, Décima Revisión (CIE-10) Vol. 2, pág. 204, defunciones obstétricas directas son las que resultan de complicaciones obstétricas del embarazo (embarazo, parto y puerperio), de intervenciones, de omisiones, de tratamiento incorrecto, o de una cadena de acontecimientos originada en cualquiera de las circunstancias mencionadas.

Por su parte, defunciones obstétricas indirectas son las que resultan de una enfermedad existente desde antes del embarazo o de una enfermedad que evoluciona durante el mismo, no debidas a causas obstétricas directas, pero sí agravadas por los efectos fisiológicos del embarazo.

A su vez, la Guía de la OMS para la aplicación de la CIE-10 a las muertes ocurridas durante el embarazo, parto y puerperio: CIE-MM, publicada en 2012, ofrece las siguientes definiciones:

• muertes obstétricas directas: las muertes obstétricas directas son aquellas que resultan de complicaciones obstétricas del estado gravídico (embarazo, trabajo de parto y puerperio), de intervenciones, omisiones, tratamiento incorrecto, o de la cadena de eventos que llevó a cualquiera de los arriba mencionados.

• muertes obstétricas indirectas: las muertes obstétricas indirectas son aquellas que derivan de enfermedad previamente existente o enfermedad que apareció durante el embarazo y que no fue debida a causas obstétricas directas, pero que se agravó por los efectos fisiológicos propios del embarazo. Ver Guía mencionada, Cuadro 3, pág. 9.

Con base en estas definiciones, no cabe duda de que tanto:

-el acretismo placentario, uno de los términos de inclusión (placenta acreta) de la rúbrica Placenta anormalmente adherida, O43.2, como

-la embolía de líquido amniótico, O88.1, una de las clases de embolía obstétrica, o bien O08.2, cuando es consecutiva al aborto, al embarazo ectópico o al embarazo molar,

son causas obstétricas directas, es decir, directamente determinadas por el estado gravídico puerperal, que no podrían ocurrir en una mujer que no estuviera embarazada, o en trabajo de parto, o en un puerperio más bien reciente (para el caso de la embolía).

Dra. Danuta Rajs

Respuestas Grupo Colegiado

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