SPBA16/9 - Programación del excedente del presupuesto

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En el párrafo 4.6 del Reglamento Financiero de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) se estipula que todo saldo de las contribuciones señaladas y de los ingresos varios presupuestados financiados que no se haya comprometido al finalizar el ejercicio presupuestario al que corresponda ni se haya autorizado para ser pasado al período presupuestario subsiguiente servirá para reponer el Fondo de Trabajo a su nivel autorizado. A partir de ahí, cualquier posible saldo se transferirá al excedente y estará disponible para el uso que ulteriormente se decida darle de conformidad con las resoluciones que apruebe la Conferencia Sanitaria Panamericana o el Consejo Directivo.