La Misión Médica salva vidas… ¡Una puede ser la suya!

Enfermera Vacunando a Niña

De conformidad con el Derecho Internacional Humanitario, la misión médica goza de una protección especial. Los heridos y los enfermos, así como el personal, los establecimientos y los vehículos sanitarios no deben ser objeto de ataque, sino que serán, en todo tiempo, respetados y protegidos.

Bogotá, mayo 5 de 2021. En estos momentos difíciles que vive el país, en el que además la población y las autoridades enfrentan un desafiante tercer pico de la pandemia, es fundamental proteger y respetar a los profesionales de la salud, ellos son el recurso más valioso con el que cuenta cada país para responder a la enfermedad y salvar vidas, siendo este un principio fundamental para fomentar un buen trato y solidaridad con ellos y ellas.

Los eventos que se están suscitando en los últimos días no son ajenos para el personal médico. Pese a su compromiso y entrega, las agresiones contra la Misión Médica en Colombia evidencian la alta vulnerabilidad a la que se encuentran expuestos en el desarrollo de sus actividades sanitarias, adicionalmente no solo se ve afectado el personal sanitario, sino todas las personas que requieren una atención en salud.

Foto de Medico

Estas afectaciones van más allá de los números, y son incalculables. Los medios de comunicación han recogido varias situaciones en los que se ven afectos el acceso libre y seguro de la población a los servicios de salud y, de manera especial, afectación de las misiones médicas que prestan servicios en situaciones de salud critica a los más vulnerables. Lamentamos la muerte de un recién nacido en una ambulancia, que no pudo llegar al Hospital de Tocancipá debido a los bloqueos. El dolor de su familia es incalculable.

El derecho a la salud debe prevalecer en todo contexto y debe garantizarse su ejercicio sin distinción alguna, siendo este un derecho fundamental e inalienable. Desde la OPS queremos hacer un llamado a todos los pobladores del país, para que permitan que el personal de salud atienda a los pacientes heridos y enfermos, y cumplan su labor médica libre, independientemente y sin miedo; conforme a los principios de su profesión. Finalmente, lo más importante es salvar vidas.

Todos, sin distinción de raza, edad, condición económica, posición política, estamos llamados a proteger los establecimientos médicos, el transporte médico y las personas atendidas en ellos y lograr promover espacios conjuntos para tejer vida, proporcionando un entorno de trabajo lo más seguro posible para el personal de salud y protegerlos de toda interferencia y ataque. Un especial llamado para abrir paso a la caravana humanitaria de la Cruz Roja Colombiana y a todas las ambulancias que hoy transitan por el país. Dejémoslos llegar a si destino, ya que tienen el único objetivo de salvar vidas.

Medico aplicando examen

Información sobre Misión Médica

La Misión Médica es el conjunto de bienes, instalaciones, instituciones, transporte terrestre, aéreo, fluvial y marítimo, equipos y materiales necesarios para llevar a cabo  las actividades propias de la prestación de servicios de salud, tales como asistencia sanitaria, salud preventiva, educación en salud, administración y apoyo en la prestación de los servicios de salud, atención pre-hospitalaria y extramural, conformado a su vez por el personal profesional de la salud y otras disciplinas, con vinculación laboral o civil, que ejercen funciones sanitarias, en el marco de la misión humanitaria en situaciones o zonas de conflicto armado u otras situaciones de violencia que afecten la seguridad pública, desastres naturales y otras calamidades.

El artículo 85, numeral 2, del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, identifica como infracción grave a las normas humanitarias, entre otros, los actos cometidos contra los heridos, enfermos o náufragos; contra las personas que no participan directamente en las hostilidades; y contra el personal sanitario o religioso, las unidades sanitarias o los medios de transporte sanitarios.

Lo anterior, se complementa mediante el Título 111 del Protocolo 11 adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, aplicable a conflictos armados no internacionales, dedicado a garantizar el trato humano de los heridos y enfermos, así como, a la protección del personal sanitario y en general, de la Misión Médica.